REQUISITOS BÁSICOS PARA OBTENER LA DECLARACIÓN ECLESIÁSTICA DE IDONEIDAD (D.E.I.)

 

Aprobados por la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española. 24 de noviembre de 1995

Requisitos para la docencia en Educación secundaria obligatoria, Bachillerato y Formación profesional de grado medio.

Se especifican las siguientes modalidades, según la titulación básica de los candidatos, por las cuales se podrá acceder a la docencia en el Área de Religión y Moral Católica en estas etapas:


A) Licenciados con título otorgado por Facultades Eclesiásticas o Institutos "ad instar Facultatis", citados en el real Decreto sobre titulaciones eclesiásticas, y Bachilleres en Teología.


B) Licenciados civiles que tienen además una Diplomatura en Ciencias Religiosas, otorgada por Facultades Eclesiásticas o Institutos "ad instar Facultatis", o bien el título de Diplomado en Estudios Eclesiásticos.

Nota: En todos estos casos habrán de hacer un curso de especialización didáctica en Religión, si no lo hubieran realizado en su plan de estudios, de un año de duración (18 créditos).

 


 
 
 
 

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